Capítulo 1 - Creación - Ámbito de Aplicación – Objetivos
Artículo 1º — Creación del Plan General de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo
Créase el Plan General de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo del Radio Municipal de la ciudad de Colonia Caroya el cual regula las diversas formas de ocupación del suelo, conforme a las actividades desarrolladas y a desarrollarse.
Es Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza la Secretaría de Administración o la que en el futuro la reemplace en los temas de su competencia.
Artículo 2° — Marco General y Normativas Complementarias
El Plan General de Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo del Radio Municipal de la ciudad de Colonia Caroya configura el marco general que debe ser complementado con disposiciones particulares correspondientes a cada una de las áreas que lo conforman.
Hasta tanto se sancionen estas últimas, las disposiciones de la presente Ordenanza prevalecen sobre normativas anteriores y es de aplicación la Ordenanza 1788/13 y sus modificatorias, según el cuadro de relaciones que se adjunta como Anexo III a la presente Ordenanza.
Artículo 3º — Objetivos Generales del Plan
Son objetivos generales del Plan que se crea por esta Ordenanza:
a) Orientar el desarrollo local al logro de una ciudad funcionalmente equilibrada, ambientalmente sostenible, socialmente equitativa y culturalmente identificada;
b) Preservar, promover y recuperar atributos ambientales en su dimensión social, cultural, productiva, ecológica, paisajística y urbanística de la región;
c) Coadyuvar a la utilización racional y prudente de los recursos naturales, respetando el principio de utilidad pública y la función social de la propiedad, evitando su depredación, atento al compromiso y responsabilidad para con los tiempos y generaciones futuras;
d) Establecer políticas de Estado y planes de mediano y largo plazo en defensa de la ciudad, conservando y protegiendo sus bienes, intereses y el patrimonio arquitectónico, arqueológico, histórico, natural y cultural;
e) Favorecer la integración regional, la coherencia y la previsibilidad en el proceso de desarrollo, según modelos acordados y preestablecidos;
f) Definir instrumentos de planificación para la gestión del territorio, según mecanismos institucionales que garanticen la participación ciudadana y el tratamiento con otros municipios y con el Estado Nacional y Provincial;
g) Adoptar como principios rectores el Planeamiento Territorial y el Ambiente, conforme a lo establecido en la Carta Orgánica Municipal (Artículos 71 y 72).
Artículo 4º — Objetivos Particulares del Plan
Son objetivos particulares del Plan que se crea por esta Ordenanza:
a) Reorientar y corregir los procesos espontáneos y el manejo especulativo del suelo hacia modelos racionales y equilibrados, que garanticen resultados previsibles y sustentables;
b) Proteger los espacios o sectores cuyas condiciones fitogeográficas, hidrológicas, geomorfológicas, paisajísticas y culturales deban ser preservadas para evitar su deterioro o para producir un mejoramiento de las condiciones ambientales, poniendo en valor los atributos identitarios de la ciudad;
c) Armonizar los usos del suelo, manteniendo la coexistencia en el ordenamiento del territorio con la debida consideración de situaciones de incompatibilidad para alcanzar un equilibrio sustentable;
d) Promover la integración regional, con el resto de núcleos urbanos, favoreciendo la complementación para una mayor coherencia del desarrollo local y regional;
e) Facilitar la toma de decisiones para orientar inversiones y definir prioridades en los sectores públicos y privados.
Artículo 5º — Definiciones
Los términos consignados en estas definiciones y usados en la presente Ordenanza, tienen como único objeto evitar interpretaciones distintas a las de su intención en su aplicación.
LISTA DE DEFINICIONES
Amenaza: Probabilidad de ocurrencia de un fenómeno natural, tecnológico o provocado por el hombre, potencialmente nocivo para las personas, bienes, infraestructura y/o el ambiente, dentro de un período específico y en un área delimitada.
Área: Porción del territorio con parámetros homogéneos sobre los que se procura implementar (mediante instrumentos normativos, programas y proyectos urbanos) procesos de gestión que concreten estrategias de integración, densificación, renovación, crecimiento y preservación, definidas en el marco del Plan Estratégico de Desarrollo Local de Colonia Caroya. El radio municipal de la ciudad de Colonia Caroya queda dividido en áreas.
Áreas de Riesgo: superficie cuyas condiciones geomorfológicas, geológicas, su relación con cuencas hídricas o escorrentías, probabilidades de inundación u otras, no permite su urbanización.
Áreas Naturales Protegidas: superficie que abarca un ecosistema cuyos rasgos biológicos, geológicos, hidrológicos y ambientales son característicos de la zona, presentan integridad natural y conforman una unidad geográfica en donde los procesos ecológicos naturales que en ella se desarrollan deben ser protegidos y todas las actividades humanas orientadas a un manejo racional y responsable de los recursos naturales, según pautas de sustentabilidad acordes al carácter del área. Se incluyen todas las áreas determinadas como Categoría I (Rojo) en la Ley Nº 9.814 - Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia de Córdoba.
Atributos Identitarios: Recursos históricos, culturales, físicos naturales y construidos que identifican y definen a nuestra ciudad.
Corredor Estratégico: Se identifica bajo esta denominación a espacios relacionados con ejes de conectividad que tienen un potencial relevante para la concreción del modelo urbano que propone el Plan de Ordenamiento Territorial y Uso de Suelo.
Densidad fundiaria: es la relación entre la superficie construida y el territorio total de una ciudad, o sobre un sector en particular.
Grandes infraestructuras: instalaciones necesarias para la logística de los servicios de provisión (agua, electricidad) y evacuación (residuos, cloacas, desagües pluviales), que producen gran impacto ambiental y funcional, cuya localización demanda estudios particularizados.
Índice de Productividad (IP) de las Tierras: La determinación del IP tiene por objetivo establecer comparaciones entre las capacidades de producción de los distintos tipos de tierras presentes en un área, región o provincia. El índice calculado se interpreta como una proporción del rendimiento máximo potencial de los cultivos más comunes de la región.
Macro manzana: unidad de territorio de 25 hectáreas que engloba varias manzanas. La macro manzana permite diferenciar las actividades a localizar dentro de ellas sobre las calles perimetrales de mayor impacto funcional. Busca preservar la calidad ambiental de las personas que habitan en ellas, racionalizar los costos de infraestructuras, transporte y dotaciones, entre otros. Representa una unidad de regulación, proyecto y gestión urbana.
Modelo Policéntrico: consiste en complementar el modelo lineal fundacional con nuevas centralidades que dinamizarán e integrarán un sistema urbano rural complejo.
Ordenamiento Territorial: Conjunto articulado de políticas, objetivos, estrategias de actuación, programas, proyectos y normas que adopta el gobierno municipal para administrar el desarrollo del territorio y el manejo del uso del suelo. Es una política pública indelegable del Estado en cuanto a la organización del uso del territorio, resguardando el interés general de la sociedad.
Periurbano: territorio de borde del área efectivamente urbanizada, con dominancia del uso rural.
Polígonos: Porción de territorio con límites físicos o legales definidos.
Plan de Detalle de Urbanización: Instrumento destinado a diseñar la configuración física y funcional de áreas o zonas a localizar proyectos urbanos.
Radio Municipal: Es el límite político-administrativo municipal, donde el Municipio ejerce el Poder de Policía en materias de su competencia establecido por la Ley Provincial Nº 10.383 y las que en el futuro se dicten.
Uso de Suelo: Conjunto genérico de actividades que la normativa admite o restringe en las diferentes áreas del radio municipal.
Valor Estratégico: Conjunto de características de los componentes sociales y materiales identificados en el Plan Estratégico de Desarrollo Local, que es necesario planificar y dirigir para concretar metas, objetivos y proyectos.
Zona: Porción de territorio ubicado dentro de las Áreas con características esenciales que requieren definiciones referidas a las formas de agrupamiento entre actividades y ocupación de uso del suelo.